Las adopciones por familiares y el DCF de Florida

¿Quiere adoptar, pero el DCF (Departamento de Niños y Familias de Florida) ha acogido o colocado a su nieto o familiar en un hogar de acogida?

Una de las consultas más desgarradoras y comunes que recibimos en Florida Family Adoptions son parientes (generalmente abuelos) que solicitan ayuda para presentar una Adopción por Parientes pro se cuando el niño en cuestión está bajo la custodia del Departamento de Niños y Familias de Florida (DCF). Recibí una consulta de este tipo hace apenas tres días y otra esta mañana. Esto me impulsó a abordar las realidades de tales situaciones, especialmente en lo que se refiere a las adopciones de abuelos y parientes no abogados en Florida.

¿Qué significa que un niño esté acogido por el DCF?

Cuando un niño es acogido por el DCF de Florida, significa que ha sido retirada de la custodia legal de los padres biológicos y puesto al cuidado del Departamento de Niños y Familias del Estado de Florida.  Esto suele deberse a acusaciones de negligencia o abuso. Cuando esto ocurre, el niño suele ser colocado con una familia de acogida aprobada por el DCF para asegurar que las necesidades físicas, emocionales y mentales inmediatas del niño están siendo satisfechas hasta que los tribunales tomen una decisión sobre lo que es en el mejor interés del niño.

En estas circunstancias, ¿pueden los padres biológicos dar su consentimiento a una adopción por un familiar privado de Florida conforme al capítulo 63 del FS?

No siempre. Si el Tribunal ha puesto fin a la patria potestad de un progenitor biológico por incumplimiento del plan del caso, no puede firmar un consentimiento para la adopción, porque ya no son los padres del niño. Sin embargo, si la patria potestad sigue intacta, pueden firmar un consentimiento para la adopción.  Si el niño que va a ser adoptado tiene 6 meses o menos en el momento de firmar el formulario de consentimiento para la adopción por un familiar, el consentimiento es irrevocable en el momento de la firma. Sin embargo, si el niño que va a ser adoptado tiene más de 6 meses en el momento de firmar el formulario de consentimiento para la adopción, el consentimiento es válido en el momento de la firma, pero está sujeto a un período de revocación de 3 días hábiles. [1] Y lo que es más importante, si se firma un consentimiento de adopción para una adopción familiar en Florida por parte de un padre biológico cuyo hijo está bajo la custodia del DCF (protegido o en acogida), entonces un se requiere abogado para presentar un proceso llamado "intervención".

¿Qué es una intervención?

Una intervención es un proceso que permite a una entidad de adopción (es decir, un abogado o una agencia de adopción), presentar una moción para intervenir en un caso del Capítulo 39, que normalmente se oye en el tribunal de dependencia dentro del caso existente del DCF de Florida.  A continuación, el tribunal determinará si el cambio de colocación del menor (de la familia de acogida al futuro padre adoptivo) responde al interés superior del menor.

¿Puedo presentar una petición de intervención por mi cuenta?

No. Sólo una entidad de adopción, tal y como se define en la legislación de Florida, puede presentar esta Moción.

Pero tengo un formulario de consentimiento de adopción familiar firmado por mi hija y su novio para que yo pueda adoptar a mi nieto. ¿Por qué no puedo presentar el formulario de adopción por un familiar?

Porque los padres biológicos ya no tienen la custodia del menor y, por lo tanto, ya no pueden tomar ninguna decisión relativa al bienestar del menor sin el consentimiento expreso del DCF.

¿Significa esto que no puedo adoptar a mi nieto?

No necesariamente. Sin embargo, para poder proceder a la adopción familiar en Florida, tendrá que trabajar con un abogado para obtener una orden judicial que libere al niño de la custodia del DCF y lo ponga bajo su custodia con fines de adopción.  El tribunal tendrá en cuenta muchos factores, como la relación afectiva establecida entre el menor y el cuidador actual (padres de acogida), la estabilidad del hogar adoptivo propuesto y, en general, qué es lo mejor para el niño. Si el tribunal determina que permitir la adopción privada del menor por un familiar en Florida es la mejor opción, entonces emitirá una orden para liberar al menor de la custodia del Departamento de Menores y Familias de Florida (con ciertas condiciones) y permitir que la adopción por un familiar en Florida se realice de forma privada conforme al Capítulo 63.

¿Cuándo es demasiado tarde?

Aunque suene duro, hay un momento en que es demasiado tarde, como ilustran los ejemplos siguientes. Si el menor ha estado acogido y ha pasado mucho tiempo con sus padres de acogida, puede que sea demasiado tarde. El tribunal se encarga de considerar el vínculo que el niño tiene con sus cuidadores y podría decidir que le causaría más daño que bien separarlo del único hogar que algunos de estos niños han conocido. No confíe en los "derechos de los abuelos de Florida" que usted cree que puede tener, ya que los derechos de los abuelos en Florida no son automáticos y puede que ni siquiera se apliquen a su situación. Para colmo de males, el DCF a menudo adopta la postura de que las familias que buscan una adopción por intervención de un familiar son simplemente una forma de permitir el contacto entre el niño y los padres acusados de abuso y/o negligencia. Si el Departamento de la Infancia y la Familia está convencido de alguna manera de que el intento de adopción por un familiar es sólo una forma de eludir el sistema y exponer aún más al niño a sufrir daños, no es probable que usted pueda prevalecer. Si el Tribunal ha puesto fin a la patria potestad de los padres biológicos, ya es demasiado tarde.  En ese momento, ya no son los padres del niño y, DCF puede y determinará dónde se colocará al niño.  Si usted no se ha puesto en contacto con el DCF y ha expresado su deseo de que el niño sea colocado con usted antes de la extinción de la patria potestad, es muy poco probable que pueda adoptar a su familiar.

Perder el tiempo

Muchas veces, los familiares intentan el "amor duro" y creen que los padres biológicos acabarán asumiendo su responsabilidad y haciendo lo correcto para sus hijos. En un mundo perfecto, esto sería así. Sin embargo, la realidad es que hay casos en que los padres biológicos simplemente no están preparados, equipados o dispuestos a asumir la responsabilidad de la paternidad. Si sus nietos no están ahora bajo la custodia de la DCF, ¿cuánto tiempo tiene realmente antes de que lo estén, y antes de que sea "demasiado tarde"?

Reconocer las señales

Si le preocupa que sus nietos o un familiar menor de edad puedan estar en peligro, y que los padres biológicos simplemente no estén a la altura de la tarea de crianza, puede plantearse su propia intervención.  Si realmente desea garantizar la permanencia del menor, no espere a que sea demasiado tarde. He perdido la cuenta de las veces que me han llamado familiares angustiados queriendo detener un proceso que ha ido demasiado lejos, y yo no puedo hacer nada para ayudarles. Sus historias se repiten en mi cabeza a altas horas de la noche, cuando el sueño no llega. Siempre la misma. Cómo deseaban, rezaban y esperaban que el DCF no interviniera. Pero ahora sí, y sus opciones de poder tramitar con éxito una adopción familiar en Florida se han reducido drásticamente.

Me gustaría hablar más con usted sobre mi situación. ¿Puedo llamarle?

Sí, estaré encantado de hablar con usted y facilitarle toda la información procesal o pública que pueda. Recuerde que no somos abogados y no podemos darle asesoramiento jurídico. Quizá haya dado con esta página y sus planes de adopción "no sean demasiado tardíos". Visite nuestra página sobre adopciones por familiares, padrastros y abuelos. Bendiciones y bendiciones. [1] Estatuto de Florida § 63.082(4)(b) y (c)
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